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por Diego Armando Yandar Pantoja [Estudiante] 3 anos atrás

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AUDIENCIA PREPARATORIA ART. 356, 357, 358, 359, 360, 362

Durante la audiencia preparatoria, el juez interroga a las partes sobre la existencia de estipulaciones probatorias relevantes. Tanto la defensa como la Fiscalía tienen la oportunidad de presentar sus solicitudes probatorias.

AUDIENCIA PREPARATORIA  ART. 356, 357, 358, 359, 360, 362

AUDIENCIA PREPARATORIA ART. 356, 357, 358, 359, 360, 362

REALIZADO POR. DIEGO ARMANDO YANDAR PANTOJA.. CURSO 5B

La exclusión, rechazo o inadmisibilidad de las pruebas

Subtopic
No se debe admitir pruebas enfocadas en conversaciones entre la Fiscalía, el defensor y el acusado
donde hablen acerca de negociar preacuerdos o la aplicación del principio de oportunidad, salvo si lo aprueba la defensa o el acusado.
Aquellas pruebas que busquen acreditar hechos que no requieren una prueba por ser muy evidentes o que resulten redundantes
Medios probatorios que no sean pertinentes o que considere inútiles.

En qué momento se puede suspender una audiencia preparatoria

De conformidad con el art. 363 del CCP una audiencia solo podrá ser suspendida por dos razones
concurrencia de fuerza mayor o un caso fortuito que puedan ser demostradas.
cuando se interponga recurso de apelación en contra del auto que decida sobre las pruebas

DESARROLLO DE LA AUDIENCIA

Finalmente, el Juez expresará su decisión sobre un posible rechazo a los medios de prueba solicitados, inadmisibilidad o exclusión de los mismos, y acerca de la resolución de eventuales recursos ordinarios que se haya interpuesto en el desarrollo de la audiencia. Así, fijará fecha y hora para la audiencia de juicio oral dentro los treinta (30) días siguientes.
Se les otorga la oportunidad de presentar solicitudes probatorias. a ambas partes, es decir, defensa y Fiscalía.
MEDIOS DE PRUEBA

DEBEN TENER CIERTOS REQUISITOS EXIGIDOS POR EL CPP

Utilidad

Conducencia

Pertinencia

si la persona acusada no acepta, el proceso seguirá su curso con las mismas formalidades y garantías.
Si existe el Juez otorgara un espacio de una hora
Las partes pueden optar por solicitar estipulaciones probatorias de forma oral o escrita.
El Juez preguntará a las partes si tienen estipulaciones probatorias jurídicamente relevantes
Corresponde a la defensa en este punto, exhibir todos los elementos materiales probatorios que pretenda hacer valer en juicio como medios probatorios
Pronunciamiento de las partes frente al descubrimiento de las pruebas por parte de la fiscalia
El juez deberá verificar la asistencia de las partes

TIENE DOS ELEMENTOS COMUNES

Aceptacion de responsabilidad por parte del procesado
Requisitos de la instalcion de la audiencia

Se alistan todos los fundamentos probatorios

Le servirán al juez para proferir sentencia

Consagrado en la ley 906 de 2004 (Código de Procedimiento Penal)

Es la segunda audiencia que se practica en el transcurso del juicio oral.