REALIZADO POR:
KAREN CEDEÑO
MARTHA TORRES
GRUPO: 801
Ley de transparencia
1712 de 2014
Algunas excepciones
para el Acceso a la
información
Cuando se trata de información
pública reservada, siempre que
dicho acceso este expresamente
prohibido por una norma legal
o constitucional.
Cuando la información pública
clasificada pueda causar daño
a los derechos de la intimidad,
la vida, la salud, la seguridad
y a los secretos comerciales,
profesionales o industriales.
go over the map
put your mind to work
recall as many details as you can about the keywords you added
tiene como
Objeto
Que los sujetos obligados cuenten con un Programa de Gestión Documental en el cual se establezcan los procedimientos y lineamientos necesarios para la producción, distribución, organización, consulta y conservación de los documentos públicos y deben existir dentro de sus entidades procedimientos claros para la creación, gestión, organización y conservación de sus archivos.
make info
easier to remember
interesting
save time
Divulgación y Publicidad
de la Información
Publicidad de contrataciones y procesos contractuales
Todo sujeto obligado deberá publicar la información mínima obligatoria descrita en la presente ley y a mantener actualizada la información
La información pública a la que hace referencia dicha ley deberá estar a disposición del público en medio físico, digital y también por medios de comunicación como televisión, en diversos idiomas y lenguajes
El objeto primordial de esta legislación es regular el derecho de acceso a la información pública, los procedimientos para el ejercicio y garantía del derecho y las excepciones a la publicidad de información. Los sujetos obligados a cumplir esta ley son las siguientes personas:
Las entidades que
administren instituciones
parafiscales, fondos o
recursos de naturaleza
u origen público.
Los partidos o
movimientos políticos
y los grupos significativos
de ciudadanos
Cualquier persona natural,
jurídica o dependencia de
persona jurídica que
desempeñe función pública
o de autoridad pública
Toda entidad pública,
incluyendo las
pertenecientes
a todas las Ramas
del Poder Público
Los órganos, organismos
y entidades estatales
independientes o
autónomos y de control
Las personas naturales y
jurídicas, públicas o
privadas, que presten
función pública, que
presten servicios públicos
Garantías al ejercicio
del derecho de acceso
a la información
LA procuraduría general de la nación
para que cumpla las siguientes funciones:
Desarrollar acciones correctivas para el cumplimiento, informes, publicaciones de las decisiones de tutela.
Promover la ley, la transparencia, aplicar sanción a su incumplimiento.
Capacitar a funcionarios públicos, efectuar estadísticas de transparencia, dar respuesta a las peticiones.
Implementar y administrar los sistemas de información.
El Ministerio Público será el encargado de velar por el adecuado cumplimiento de las obligaciones estipuladas en la presente ley. A las que las personas tienen derecho
Cuando la información
es reservada
Le corresponde al sujeto obligado aportar
las razones y pruebas que fundamenten
y evidencien que la información solicitada
debe permanecer reservada o confidencial.
acceder a la información
pública y recibir respuesta
oportuna
electronica
escrita
solicitar y recibir información
de cualquier sujeto obligado
Vigencia y medios de
promoción
Capacitación
promover que en el área relacionada
con el estudio de la Constitución,se
incluya información sobre el derecho
de acceso a la información.
El Ministerio Público
deberá capacitar a
los sujetos obligados
y a la ciudadanía.
Política pública
de acceso a la Información
estará a cargo de:
Departamento Nacional de
Planeación, AGN y el DANE.
Departamento
Administrativo
de la Función Pública
Ministerio de Tecnología
de la Información y
Comunicaciones
Secretaría de
Transparencia
de la Presidencia
de la República