por MIRLEY ARISANDY AYON MARTINEZ 3 anos atrás
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Mais informações
Recibir asesoría adecuada y oportuna para el desempeño de sus Prácticas Profesionales.
Realizar actividades acordes con su perfil profesional, durante el desarrollo de sus Prácticas Profesionales.
Gozar de los estímulos que, en su caso, le otorgue la Unidad receptora con motivo de la realización de sus Prácticas Profesionales.
Recibir constancia de la Unidad receptora, que acredite la realización de los Prácticas Profesionales al término de las mismas.
Son obligaciones de los prestadores de servicio de prácticas profesionales.
Cumplir con los trámites administrativos para la asignación, prestación y acreditación de los Prácticas Profesionales.
Los estudiantes deberán estar regulares en todas sus materias al momento de inscribirse en el programa académico de las Prácticas Profesionales.
Cuidar la imagen de la Universidad, la Facultad y de la Unidad receptora, conduciéndose con respeto y profesionalismo durante el desarrollo de sus Prácticas Profesionales.
Los infractores a las disposiciones del presente Reglamento y a los lineamientos y directrices internas de la Escuela que deriven de él, serán sancionados, de acuerdo con la gravedad de la infracción.
Asesorar y supervisar al número de estudiantes de acuerdo al grupo asignado por parte del departamento de programación académica.
Suspender la supervisión-asesoría de un estudiante bajo causa justificada, una vez que eso haya sido notificado por escrito al encargado de Prácticas Profesionales.
Cumplir durante el periodo de la práctica profesional con los procedimientos de asesoría y supervisión que requiere el estudiante.
Los prestadores de la práctica profesional gozarán de los derechos y cumplirán las obligaciones que les corresponde de conformidad a los artículos 26 y 27 del Reglamento General de Prácticas Profesionales de nuestra máxima casa de estudios.
Para acreditar esta asignatura, el practicante deberá cumplir con los requisitos a que se refiere el artículo 21 de este ordenamiento, en lo conducente, caso contrario, se tendrá por no acreditada la práctica profesional.
Al término del periodo de las prácticas profesionales, el asesor emitirá la calificación de las prácticas profesionales por medio de un acta generada a través del SACE y se expresará con calificación de 1 a 10, siendo el 6 la calificación mínima aprobatoria.
Planear y diseñar acciones de promoción y difusión de las diversas actividades y proyectos de Prácticas Profesionales en forma interna y externa a la Facultad
Evaluar y proponer criterios para la selección, aprobación y registro de los programas de Prácticas Profesionales
Planear y diseñar estrategias que permitan la operatividad de dichos programas.
Constituir y mantener actualizado un padrón de Unidades receptoras, con sus respectivos programas de Prácticas Profesionales.
Asesorar a los alumnos en relación con los procedimientos para la realización de sus Prácticas Profesionales.
Asignar, supervisar y evaluar a los prestadores de prácticas profesionales.
Analizar y resolver los problemas o las inconformidades que presenten los prestadores de prácticas profesionales.
II. Practicante: El alumno que realice actividades en instituciones privadas u organismos sociales.
III. Unidad Receptora: La entidad del sector público, social o privado que participa en el desarrollo social o productivo del país o el extranjero.
IV. Coordinador: Encargado de regular y vigilar el Programa de Prácticas Profesionales de la Facultad.
V. Asesor: El docente de la Facultad que tiene bajo su encargo la coordinación de los procesos de supervisión, evaluación y acreditación de Prácticas Profesionales.
VI. Plan de trabajo: Se refiere al plan de actividades para la realización de Prácticas Profesionales que requiere un alumno con un perfil profesional registrado ante la DES.
VII. Universidad: La Universidad Autónoma de Sinaloa. VIII. Facultad: La Facultad de Contaduría y Administración.