por llubely acosta 4 anos atrás
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En consecuencia
Los hijos tendrán la calidad de legítimos, respectivamente con los derechos de heredar o exigir alimentos
Es
Aquella que no reúne 3 características mencionadas, aun cuando se presenten dos de ellas.
Las características que se determina n en los art. 236, 242 y 243 a 247 del CCNL, la nulidad será relativa cuando ocurre los impedimentos que enumera el art. 156 del CCNL
Reúne
3 características:imprescriptible de la acción de nulidad, en la imposibilidad de convalidar el acto, por ratificación expresa o tacita para que desaparezca la nulidad y en la posibilidad de que todo interesado pueda hacer valer la acción
Hay dos casos
Son
Incesto
Art. 241 del CCNL"El parentesco de consanguinidad no dispensado anula el matrimonio...."
Bigamia
Art. 248 del CCNL " El vinculo de matrimonio anterior, existente al tiempo de contraerse él segundo, anula este, aunque se contraiga de buena fe ......."