por lorena duarte 6 anos atrás
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el salario que hubiera devengado en el tiempo que falto para terminar la obra, no puede ser inferior al salario de 15 días
Depende si el salario es superior o inferior a 10 SMLMV
si el salario es superior a 10 SMLMV se pagaran 20 días por el primer año laborado y 15 por los años restantes
si es inferior a 10 SMLMV se pagan por el primer año 30 días y por los años adicionales 20 días.
todos los salarios correspondientes al tiempo que falte para terminar el contrato