av Sebastian Burgoa för 4 årar sedan
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Por lo que de no existir obligación, no existe el derecho y al entender lo que es obligación
la necesidad que tiene el sujeto pasivo de hacer o abstenerse es lo que se llama en el lenguaje jurídico obligación.
-Una relación jurídica entre sujeto activo y pasivo. -La facultad que nace de la relación jurídica en favor del acreedor para exigir cierta conducta del deudor. -El objeto de esta relación jurídica que consiste en una prestación o abstención de carácter patrimonial o simplemente moral.
° La existencia del poder jurídico. ° La forma de ejercicio de este poder en una relación directa e inmediata entre el 1tular y la cosa. ° La naturaleza económica del poder jurídico que permite un aprovechamiento total o parcial de la misma ° La oponibilidad respecto de terceros para que el derecho se caracterice como absoluto, valedero erga omnes.
• Principales – Propiedad, usufructo. Son de existencia independiente. • Accesorios – Hipoteca, prenda. Etán vinculados con un derecho principal, como la hipoteca o prenda en relación con un derecho de crédito.