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av aime rodriguez för 6 årar sedan

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Teoria General de las Obligaciones

En el ámbito jurídico, los conceptos de prestación y obligaciones son fundamentales. La prestación se refiere a un servicio o cosa que una parte da o promete a otra, pudiendo ser exigido por una autoridad.

Teoria General de las Obligaciones

La Prestación

Cosa o servicio que un contratante da o promete a otro; Cosa o servicio exigido por una autoridad.

Requisitos
• Posibilidad • Licitud • Determinación
Clases
• Pensiones • Subsidios • Indeterminaciones • Otras prestaciones

La relación obligatoria contiene también obligaciones accesorias a los deberes de prestación y créditos y facultades que sirven para garantizar estos derechos.

Artículos 1.133 al 1.282 Código Civil de Venezuela

Delito y Obligatio

Hacia fines de la era republicana se produce otra importante evolución, las obligaciones contractuales a aquellas provenientes de delitos.

Teoria General de las Obligaciones

Clasificación de las Obligaciones

Atendiendo a sus Fuentes
- Contractuales - No Contractuales - Extra-contractuales

Según la pluralidad del sujeto

* Mancomunada y * Solidarias.

Según las fuentes se clasifican en

CONTRACTUALES: son aquellas obligaciones que se generan del contrato. EXTRA-CONTRACTUALES: Son aquellas obligaciones que se generan de Fuentes diferentes de negocio

Según la relación vinculatoria con una cosa

Obligaciones Pecuniarias

Tiene por objeto una suma de dinero, se cumple transfiriendo su valor al acreedor, bien sea mediante la entrega de moneda o mediante entrega o endoso de otro documento que represente un valor pecuniario

Obligaciones Proter Rem

En las obligaciones Proter Rem la vinculación con la cosa determina el nacimiento de una relación obligatoria; por lo tanto, quienes adquieran las cosas o la posean, según los casos, quedan obligados, sin necesidad de ningún convenio para ello

Según el contenido de la prestación
· Dar, · Hacer y · No hacer

Atendiendo a la Pluralidad del Objeto

* Conjuntivas, * Alternativas y * Facultativas.

Según la divisibilidad del objeto, las obligaciones se dividen en

Divisibles: Son aquellas en las cuales su objeto puede dividirse en partes o es susceptible de ejecutarse en partes. Indivisibles: Son aquellas en las cuales su objeto no puede dividirse en partes o no es susceptible de ejecutarse en partes.

Atendiendo al Carácter Coactivo

Jurídicas y Naturales

Fuentes de la Obligaciones

El Contrato, El Pago Indebido, La Gestión de Negocios, Enriquecimiento sin Causa, Hecho Licito.
clasificación

Moderna

Bipartitas: Actos y Hechos Jurídicos. JOSSERAND: Actos Jurídicos, ilícitos, Enriquecimiento sin cauda y La Ley. SAVATIER: La Voluntad, Equivalencia Patrimonial, Responsabilidad y Culpa, Riesgo, Interés Social.

Clasica

Según los Romanos: El Contrato, El Delito, El Cuasicontrato, El Cuasidelito. Según Pothier y Napoleón: El Contrato,. Cuasi Contrato, El Delito, El Cuasi Delito y La Ley.

La obligación civil

Es la que se genera por una obligación entre personas, que deben regir su conducta conforme a lo dispuesto en el Código Civil.
Relación obligatoria y su estructura

La obligación supone establecer una correlación entre la parte deudora que debe observar una determinada conducta y la parte acreedora que ostenta una situación de poder, ya que puede exigir cierta conducta del deudor.

La relación jurídica es siempre una relación personal, se produce entre personas en situación de reciprocidad, éstas reciben el nombre de parte acreedora y parte deudora de la relación obligatoria.

Derecho de obligaciones

Es una rama del derecho civil que se centra en el estudio de la obligación jurídica.
El derecho de obligaciones abarca

• El derecho de los contratos • El derecho de daños o de la responsabilidad civil.

Origen y Evolución

Los Criterios Clásicos

En esta época el progreso es notable en el ámbito de los derechos de crédito y obligaciones, ya que se ensancha incorporando nuevos negocios, compromisos y convenios que brotan al amparo de nuevas circunstancias, los cuales no existían en el antiguo derecho de roma; esas relaciones de crédito se encuentran dignas de tutelas jurídica y pasan a formar parte del mundo normativo del derecho

Los Criterios Antiguos

El desarrollo y evolución de una sociedad conlleva un alejamiento de sus formas primarias de vida y crece la necesidad del intercambio, tanto entre los miembros de la misma comunidad como los miembros de otras, con los cuales se establecen nuevos vínculos culturales y comerciales.