Kategoriak: All - jurisdicción - ley - magistrados - congreso

arabera dayana ruegues 5 years ago

275

Estado de Colmbia

Un proyecto de ley en Colombia incluye un título, un articulado con el cuerpo normativo y una exposición de motivos. Debe pasar por cuatro debates en el Congreso; dos en la cámara de origen y dos en la cámara restante.

Estado de Colmbia

Su Sala Administrativa está conformada por 6 magistrados con periodos de 8 años. 1 es escogido por la Corte Suprema de Justicia y 3 por el Consejo de Estado. Por otro lado, su Sala Jurisdiccional está conformada por 7 magistrados con periodos individuales de 8 años. El Congreso de la República los escoge de ternas enviadas por el Gobierno Nacional.

Jurisdicción Contencioso- administrativo.

Jurisdicción Ordinaria

Jurisdicción Constitucional

La componen 27 magistrados. El Consejo Superior de la Judicatura abre la convocatoria para los aspirantes, pero la sala plena del Consejo de Estado los elige por un periodo de 8 años.

Sus secciones son:

Sala de Gobierno
Sala Plena Contenciosa

Está integrada por 27 magistrados. Sus funciones están consagradas en el artículo 111 de la Ley 1437 del 2011.

Se divide en cinco secciones:

Sección Quinta

Está compuesta por cuatro magistrados y conoce de: *Procesos de simple nulidad y de nulidad y restablecimiento del derecho contra actos de contenido electoral, distintos de los de carácter laboral. *Procesos electorales relacionados con elecciones o nombramientos *Recursos extraordinario de revisión contra sentencia de carácter electoral, dictadas en única instancia por los Tribunales Administrativos. *Recursos, incidentes y demás aspectos relacionados con los procesos ejecutivos por jurisdicción coactiva.

Sección Cuarta

Está integrada por 4 magistrados (Ley 1437/2011, art. 110). Sus funciones están establecidas en el reglamento del Consejo de Estado, Entre otras: * Procesos de simple nulidad y nulidad y restablecimiento del derecho relacionadas con impuestos y contribuciones Fiscales y parafiscales, excepto las tasas. * Procesos relacionados con los actos administrativos que se dicten para la enajenación de la participación del Estado en una sociedad o empresa. * Recursos extraordinarios de revisión de sentencia que dicten los Tribunales en asuntos relacionados con la competencia de esta Sección. * Acciones de nulidad y restablecimiento contra las resoluciones que fallen las excepciones y ordenen llevar adelante la ejecución en los procesos de cobro administrativo.

Sección Tercera

Se divide en tres subsecciones:Subsección A:Integrada por 3 magistrados; Subsección B:Integrada por 3 magistrados; Subsección C:Integrada por 3 magistrados. Está integrada por 9 magistrados en total (Ley 1437/2011, art. 110). Sus funciones están establecidas en el Reglamento del Consejo de Estado. Entre otras: Las controversias de naturaleza contractual

Sección Segunda

Se divide en dos subsecciones: subsección A y subsección B. Está integrada por 9 magistrados entre sus funciones están conocer de los procesos de simple nulidad y de nulidad y restablecimiento del derecho que versen sobre asuntos laborales y procesos contra actos de naturaleza laboral expedidos por el Ministerio del Trabajo y Seguridad Social.

Sección Primera

Integrada por 4 magistrados. Sus funciones están relacionadas a procesos de simple nulidad y de nulidad y restablecimiento que no sean asignados a otras secciones; al recurso extraordinario de revisión sobre sentencias de única instancia de Tribunales; al recurso extraordinario de revisión sobre sentencias de Tribunales sobre pérdidas de investidura; a controver- sias en materia ambiental y a las demás de carácter administrativo para los cuales no exista regla especial de competencia.

Sala de Consulta

Integrada por cuatro magistrados que no toman parte del ejercicio de funciones Jurisdiccionales. Sus atribuciones se encuentran consagradas en el artículo 112 de la Ley 1437 del 2011.

Sala Pena
Compuesta por 31 magistrados. Sus atribuciones están consagradas en el artículo 109 de la Ley 1437 del 2011.

Proyecto de Ley

Todo proyecto de ley debe completar cuatro debates en el Congreso: sus dos primeros debates tendrán lugar en su Cámara de origen y los dos últimos debates en la Cámara restante.

Una vez este proyecto de ley es aprobado por el Congreso, pasa a sanción presidencial. El jefe de Estado puede dar su visto bueno, convirtiéndolo en ley de la República, u objetarlo por razones de inconstitucionalidad o inconveniencia para el país. En este caso, el proyecto pasa de nuevo a estudio del Congreso y, eventualmente, a estudio de la Corte Constitucional si es por razones de inconstitucionalidad-según la objeción presidencial- y el legislativo insiste en su constitucionalidad.

Cada proyecto de ley presentado consta de un titulo, un articulado-que contiene el cuerpo normativo a consideración del Congreso-y de una exposición de motivos que justifica el contenido del proyecto en términos de su conveniencia, oportunidad y juricidad.

La componen 23 magistrados. Los candidatos son presentados por el Consejo Superior de la Judicatura, pero la sala plena de la Corte Suprema de Justicia los elige por un periodo de 8 años.

Está conformada por 9 magistrados elegidos por el Senado de la Republica para periodos individuales de 8 años. El Presidente, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado presentan las ternas.

Es representado por el Vicepresidente de la República en los foros y agendas bilaterales definidas por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

El Presidente podrá confiar al Vicepresidente misiones o encargos especiales y designarlo en cualquier cargo de ésta rama del poder.

En caso de falta absoluta del Presidente de la República, éste asumirá el cargo hasta el final del periodo

Tendrá el Vicepresidente el mismo periodo del Presidente y lo reemplazará en sus faltas temporales o absolutas aún en caso de que éstas se presenten antes de su posesión.

Es elegido por votación popular el mismo día y en la misma formula con el Presidente de la República.

Subtema

Estado de Colombia

Diferencia entre un Estado Parlamentario y un Estado Presidencial

Estado Parlamentario
*Se basa en la subordinación de poderes: el poder legislativo subordina al poder ejecutivo. *El poder legislativo es elegido por el sufragio directo de los ciudadanos. Está constituido por parlamentarios. *Los parlamentarios luego, eligen quién va a ocupar el cargo del poder ejecutivo. *El poder ejecutivo no tiene un periodo de duración en el cargo, depende del parlamento. *El parlamento lo puede destituir con el simple voto de censura. *Los cargos de jefe de Estado y jefe de Gobierno lo ejercen distintas personas. *Jefe de Estado:representa al Estado frente a los demás Estados. En una monarquía parlamentaria la ejercen los monarcas. En una república parlamentaria la ejerce el Presidente. *Jefe de Gobierno:administra el Estado. En una monarquía parlamentaria y en república parlamentaria la ejerce el primer ministro
Estado Presidencialista
*Se basa en la coordinación de los poderes ejecutivo y legislativo. *Ambos son elegidos en forma directa por el sufragio de los ciudadanos. *El poder ejecutivo tiene una periodicidad determinada en la Constitución, en el cargo. *Solo pueden ser destituidos por mal desempeño de sus funciones a través de un juicio político. *Los cargos de jefe de Estado y de Gobierno lo ejerce una sola persona, el Presidente.

Organismos Constitucionales Autónomos

Banco de la República
Entre sus funciones especiales está regular la moneda, los cambios internacionales y el crédito, emitir la moneda legal colombiana, administrar las reservas internacionales, ser prestamista y banquero de los establecimientos de crédito y servir como agente fiscal del Gobierno.
Consejo Nacional Electoral
Supervisa el cumplimiento de las normas sobre los partidos políticos y elecciones, y efectúa el escrutinio de toda la votación nacional, entre otras funciones. Se compone de 9 miembros elegidos por el Congreso de la República en pleno, mediante el sistema de Cifra Repartidora, previa postulación de los partidos y movimientos políticos.
Registraduria Nacional del Estado Civil
Organiza las elecciones, su dirección y vigilancia, así como lo relativo a la identidad de las personas. El Registrador Nacional es nombrado por las Altas Cortes.

Ramas del Poder

Poder Judicial
Vela por el cumplimiento de la ley y castiga a sus infractores.

Jurisdicciones Especiales

Jurisdicción de Pueblos Indígenas

Jurisdicción de Paz

Fiscalía General de la Nación

La Corte Suprema de Justicia escoge al Fiscal General de una terna que presenta el Presidente de la República.

Investiga los delitos, cualifica los procesos y acusa ante los jueces y tribunales competentes a los infractores de la Ley Penal.

Altas Cortes

Las cuales son:

Corte Constitucional, encargada de decidir sobre las demandas de inconstitucionalidad que hacen los ciudadanos contra los actos reformatorios del texto.

Corte Suprema de Justicia, máximo tribunal de la jurisdicción ordinaria encargado de juzgar al Presidente de la República, a miembros de Altas Cortes y al Fiscal General de la Nación.

Consejo de Estado, el cual resuelve en última instancia los procesos que involucran al Estado y a los particulares o procesos que involucran a dos entidades estatales.

Consejo Superior de la Judicatura, quien adopta y propone proyectos de ley relativos a la administración de la justicia. Dicta los reglamen- tos necesarios para el funcionamiento de dicha administración.

Poder Legislativo
Promulga y modifica las leyes, reforma la Constitución y ejerce control político sobre las acciones de Gobierno.

Congreso

Los congresistas se eligen por voto popular

Se divide en

Cámara de Representantes

166 integrantes, 161 se eligen por circunscripción territorial (departamentos y Distrito Capital) 2 por las comunidades afrodescen- dientes, 1 por las comunidades indí- genas, 1 por representación a los colombianos residentes en el exteri- or y 1 para las minorías políticas.

Senado

102 integrantes, 100 se eligen por voto popular en el país y 2 se eligen en representación de las comunidades indígenas

Poder Ejecutivo
Superintendencias

Son organismos creados por la Ley con la autonomía administrativa y financiera que cumple con funciones de inspección y vigilancia atribuidas por la Ley o mediante delegación que haga el Presidente de la República, previa autorización legal.

Altos Comisionados
Ministerios

Cultura

Transporte

TIC

Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial

Educación

Comercio, Industria y Turismo

Minas y Energía

Protección Social

Defensa

Relaciones Exteriores

Interior y de Justicia

Alcaldías
Gobernaciones
Presidente de la República (Jefe de Estado y de Gobierno)

Es la autoridad suprema y de él dependen los departamentos administrativos: DANE, DAFP,DANESocial, DAPR. Es elegido por voto popular.

Organismos de Control

Contraloría General de la Nación
Vigila la cuestión de los recursos de administración y de los particulares o entidades que manejan fondos o bienes de la Nación.

El Contralor General lo elige el Congreso en pleno, en el primer mes de sus sesiones, para un periodo igual al del Presidente de la República. La terna la presentan la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado.

Procuraduría General de la Nación
Formula las políticas generales en materia de control disciplinario de los funcionarios y demás personas que prestan servicios al Estado.

Lo escoge el Senado de la República de una terna presentada por el Presidente de la República, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado.

Defensoría del Pueblo
Trabaja por la promoción, el ejercicio y la divulgación de los derechos humanos.

El Defensor del Pueblo lo elige la cámara de representantes de una terna elaborada por el Presidente de la República.