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jonka valentina figueroa 10 vuotta sitten

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Derecho Laboral

En el ámbito laboral, existen varias figuras fundamentales que definen las relaciones de trabajo y sus respectivas responsabilidades. El intermediario, según el Artículo 54 de la LOTTT, es un sujeto que no conserva la cualidad de patrono debido a la intervención de un tercero y en otros países no se regula esta figura.

Derecho Laboral

Teorías de Distinción.

.-Tesis del ministerio de trabajo.

.-Teoría de la cooperación.

.-Teoría de un factor sobre otro.

Sujetos de la relación de trabajo.

Contratista. Art 55 LOTTT

.-Caracter permanente.
.- La ejecución o prestación se produce como una consecuencia de la actividad del mismo.
.-Vínculos entre obras o servicios ejecutados por el contratista con la actividad propia del contratante.

Intermediario. Art 54 LOTTT

Críticas de la figura.
.-No se conserva la cualidad de patrono, debido a que existe un tercero.
.-Se configura un mandato.
.-El intermediario es un patrono donde existe un beneficiario.
.-Basta con la figura del patrono.
.-En el Derecho comparado no se reglamenta dicha figura.

Empleado o Trabajador. Art 40 LOTTT

.-Información, consulta y participación en la empresa
.-Promoción y formación profesional en el trabajo.
.-Huelga.
.-Negociación colectiva.
.-Libre sindicación
.- En general con lo establecido en el contrato.
.-Cumplir las medidas de seguridad e higiene que se adopten.
.-Contribuir a la mejora de la productividad.
.-Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo.
Clasificación:
.-Obrero.
.-Empleado.
Elementos:
.- Voluntariedad.
.-Labor de Cualquier clase.
.-Persona natural.

Empleador o Patrono Art 40 LOTTT

Derechos:
Obligaciones:
Elementos.