par isabel y angela Il y a 6 années
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*Pactarse por escrto. *Solo trabajadores indefinidos *No > al 15% de la jornada (salvo convenio amplie hasta el 60%). *Preavisara al trabajador con 7 dias de antelacion. *Se realizaran segun pacto de horas complementarias o el convenio *Se pagan como ordinarias y cotizan a la seguridad social. *La negativa del trabajador no sera sancionable. *Trabajador puede renunciar se lleva un año desde el pacto alegando motivos.